Un ciudadano de cualquiera de los siguientes países, no necesitan visa de TURISMO/NEGOCIOS (B1-B2), siempre y cuando permanezcan en Estados Unidos, por menos de 90 días.
| Alemania | Rep. Checa | Latvia | Mónaco |
| Nueva Zelandia | Eslovaquia | Lituania | Corea del Sur |
| Noruega | Austria | Francia | Estonia |
| Portugal | Bélgica | Paises Bajos | Grecia |
| Reino Unido | Brunei | Irlanda | Andorra |
| San Marino | Dinamarca | Islandia | Australia |
| Singapur | Eslovenia | Italia | Taiwan |
| Suecia | España | Japón | |
| Suiza | Finlandia | Liechtenstein | |
| Rep. de Malta | Hungria | Luxemburgo |
A partir del 12 de Enero de 2009, esta en vigencia el nuevo proceso de ingreso a los Estados Unidos para los viajeros bajo el programa de exención de visado. Más información.
A partir del 26 de octubre de 2004, quien no porte un pasaporte para lector automatizado o piense permanecer más de 90 días en Estados Unidos SI debe solicitar la visa de no-inmigrante.
Sistema electrónico para la autorización de viaje (ESTA, por su sigla en inglés).
Los viajeros internacionales que pretenden viajar a Estados Unidos bajo el Programa de exención de visa (VWP) ahora están sujetos a mayores requerimientos de seguridad y se les pedirá que paguen una tarifa administrativa. Todos los viajeros elegibles que deseen viajar a Estados Unidos bajo el Programa de exención de visa deben presentar una solicitud para obtener la autorización y luego pagar la tarifa utilizando el siguiente proceso:
Antes de iniciar esta postulación, asegúrese de que dispone de un pasaporte y una tarjeta de crédito válidos. Esta postulación aceptará sólo las siguientes tarjetas de crédito: MasterCard, VISA, American Express, y Discover.
Enlace para realizar el proceso https://esta.cbp.dhs.gov/esta/esta.html
Para ayuda ingrese a https://esta.cbp.dhs.gov:443/esta/WebHelp/helpScreen_es.htm
El 4 de marzo del 2010, el presidente Obama promulgó la Ley de Promoción de Viajes (TPA) del 2009, Pub. L. No. 111-145. La Ley instruye a la Secretaria de Seguridad Nacional para que establezca una tarifa por el uso del sistema ESTA, que consiste en US$10,00 por cada candidato al VWP que reciba autorización a viajar hacia Estados Unidos, y en US$4,00 por el procesamiento de la solicitud ESTA. A los candidatos a quienes se niegue la autorización para viajar a Estados Unidos bajo el VWP sólo se les cobrará US$4,00. La tarifa sólo se puede pagar con tarjeta de crédito. Los candidatos pueden guardar los datos de la solicitud y volver a la solicitud posteriormente para ingresar la información de pago. Sin embargo, la solicitud no será enviada a procesamiento hasta que se complete toda la información de pago.
ADVERTENCIAS:
Nuestro horario de atención es de 6:00 a.m. a 10:00 p.m. (Hora de Colombia -5GMT).
Inscríbase al Boletín
Teléfono:
57 (1) 587 94 41
Email:
cliente.com@aviatur.com.co