Legalización de documentos
Nota: A partir del 01 de Agosto de 2009 los documentos que los Cónsules de Colombia acreditados en el exterior, expiden en calidad de notarios como poderes especiales, permiso de salida de menores, supervivencias, poderes especiales y generales, escrituras públicas, registros civiles, certificaciones y los demás señalados por la ley podrán ser presentados ante personas naturales y jurídicas de derecho público y privado sin necesidad de ser legalizados o avalados por la Cancillería. Para mayor información ingresar a la página web www.cancilleria.gov.co
Es la legalización que hace el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante un sello, avalando la firma del Cónsul colombiano, en el país en el cual fue expedido el documento público, para el caso de documentos expedidos en el exterior, que tendrán efectos en Colombia.
Igualmente el Ministerio de Relaciones Exteriores avala la firma de los funcionarios públicos colombianos en los documentos que van a surtir efectos en el exterior, si así lo exige el país receptor o lo requiere el respectivo usuario.
La Apostilla es un certificado adherido a un documento, mediante el cual el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, avala la autenticidad de la firma y el título con que ha actuado el funcionario que suscribe el documento.
Para poder apostillar un documento, el país donde será presentado debe formar parte de la Convención de La Haya sobre Abolición del Requisito de Legalización para Documentos Públicos Extranjeros de 1961. Si el país de destino no es parte de la Convención, el proceso que se usa es La Legalización.
Los documentos para apostillar deben ser originales, firmados por la autoridad competente, previamente registrada en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Un documento que ha sido apostillado no requiere de trámites ni legalizaciones posteriores (salvo que se requiera traducción a otro idioma) para que sea válido en cualquiera de los países que hacen parte del Convenio de La Haya.
Los requisitos que deben tener los documentos para ser apostillados son los mismos que deben cumplir para ser legalizados.
Requisitos:
Documentos originales con la firma de la autoridad competente, registrada en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Según el tipo de documento, antes de proceder a la legalización, se deben tener las siguientes firmas en el documento:
Documento de carácter eclesiástico expedido en Bogotá:
- Firma del Párroco o del Vicario Parroquial.
- Autenticación de la firma del Párroco o del Vicario Parroquial en la Notaria Eclesiástica Zonal o en la Cancillería del Arzobispo (carrera 7 No 10-20 en la ciudad de Bogotá, D.C).
Documento carácter eclesiástico fuera de Bogotá:
- Autenticación del Obispo de la respectiva Diócesis.
- Reconocimiento de la Diócesis en la Nunciatura Apostólica (carrera 15 No 36-33).
Documentos de otros Credos o Cultos reconocidos por el Estado:
- Reconocimiento por parte del Ministerio del interior (carrera 8 No 8-09).
Documento de Carácter Civil (registro civiles, escrituras, etc.):
- Autenticación ante el Notario Público.
- Reconocimiento de la firma del Notario en la Superintendencia de Notariado y Registro. En caso de registros expedidos por Registradurías, se deben presentar en la Registraduría Nacional en Bogotá.
Nota: Los documentos legalizados en Colombia, que van a sufrir efecto en el exterior, deben ser presentados ante el Consulado correspondiente acreditado en Colombia.
Documento expedido por autoridades judiciales:
- Juzgados Penales y de Instrucción Penal Militar, con la firma reconocida por el Tribunal Superior Militar (Av. El Dorado, Ministerio de Defensa, Oficina 530).
- Juzgados pertenecientes a la jurisdicción Ordinaria y Juzgados Regionales con la firma reconocida por la Dirección Administrativa de la Carrera Judicial (calle 72 No 7-49).
- Defensores de la Familia con la firma reconocida en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF (Avenida 68 No 64-01).
Documentos de Estudio:
- Educación pre-escolar, primaria y secundaria: Secretarías de Educación Departamentales.
- Educación superior: Reconocimiento de la institución en el Ministerio de Educación Nacional (Oficina Jurídica), CAN - Avenida El Dorado.
- Educación no formal: Reconocimiento en la Secretaría de Educación de las Instituciones de educación no formal (Cra. 30 No 24-90).
- Educación para el trabajo y el desarrollo humano (Avenida El Dorado No 66-63).
- Documentos del SENA, ICFES e ICETEX. Reconocimiento de la firma en la Dirección General de cada entidad.
Documentos expedidos Por Personas Privadas:
- Reconocimiento notarial de la firma original del representante legal y del contenido del documento.
- Reconocimiento de la firma del Notario en la Superintendencia de Notariado y Registro (Calle 26 No 13-49 Int. 201).
Copias de Documentos en General:
- Documento original previamente legalizado o apostillado.
- Autenticación ante Notario de la fotocopia del documento.
- Reconocimiento de la firma del Notario Público en la Superintendencia de Notariado y Registro.
De las Traducciones:
- Si el documento proviene de un país de habla diferente al Español, debe estar debidamente legalizado desde el país donde procede, posteriormente debe ser traducido por un traductor oficial, registrado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y luego legalizar la firma del traductor.
- Si el documento tiene destino a un país de habla diferente al Español, se debe realizar la legalización del documento original; posteriormente, si el documento requiere traducción, deberá hacerla un traductor oficial registrado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y legalizarla.
Dónde realizar el trámite:
Aviatur esta autorizada para realizar este trámite.
A partir del 04 de Junio del 2009, los turnos para apostillar y legalizar documentos se adjudicarán telefónicamente. Comuníquese con la línea gratuita 01 800 093 8000 o al 587 4000 en Bogotá.
Los horarios de atención telefónica para programación de turnos son: De 8:00 a.m. a 6:00 p.m.
Apostilla:
Dirección: Calle 98 No 17-32
Teléfonos: 520 1146- 520 0729- 520 1041- 520 0431
Fax: 522 3538
E-mail: lgcoord@minrelext.gov.co
Página Web: www.minrelext.gov.co
Horarios de atención: Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 2:00 p.m. Último día del mes de 7:00 a.m. a 12:00 m.
Nuevas Sedes:
Direcciones: Carrera 92 No 145-02 / Carrera 30 No 24-90
Linea de atención al cliente 195
Legalizaciones
Dirección: Transversal 17 A No 98-55
Teléfonos: 525 1860 - 525 1862
Fax: 522 3538
- Valor apostille $25.000.
- Valor legalizaciones $15.000. Cuando los documentos vienen del exterior para ser legalizados, con derechos a pagar en Colombia se cobra en pesos de acuerdo al valor del dólar del día en que se presenta el usuario. El valor depende del tipo de actuación consular.
- Valor legalización ante la Nunciatura Apostólica $4.000.
- Valor legalización ante el Ministerio de Educación $2.800.
Notas:
- Los derechos de legalización o apostille se cancela en el Banco Popular de la oficina de legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Para apostillar Certificado de Antecedentes Disciplinarios por medio de la Agencia de Viajes, deben adjuntar poder autorizando a un funcionario de Aviatur y fotocopia de la cédula de ciudadanía por ambas caras, autenticados.
Tenga en cuenta que la información se debe reconfirmar permanentemente.
* Aviatur cobra un valor adicional por el trámite de la solicitud, que puede ser consultado en nuestras oficinas. El costo varia si compra el tiquete con otra agencia de viajes.
Actualizado y revisado Julio 14 de 2010