Documentos para Viajar

Visas de Extranjero para Colombia

 

Aviatur esta autorizado para tramitar esta visa.

 

División de Visas en el Ministerio de Relaciones Exteriores: 


Dirección:
Carrera 13 No. 93 - 68 Oficina 203.
Teléfono: 640 0974 - 640 8576.
Horario: Lunes a jueves de 7:30 a.m. a 4:00 p.m. Viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. 

 

Para las solicitudes hechas en Bogotá a través de Aviatur, deberá anexar un poder del extranjero con firma autenticada ante Notario, autorizando a un funcionario de Aviatur para realizar los trámites de visa y copia del contrato de prestación de servicios entre la empresa y Aviatur S.A.

 
Requisitos visa de negocios:

 

  • Pasaporte con vigencia mínima de tres meses o documento de viaje válido según el caso.
  • Fotocopias de páginas usadas del pasaporte.
  • Formulario diligenciado.
  • Dos fotografías recientes 3 x 3, de frente, a color, fondo blanco.
  • Carta de responsabilidad del representante legal de la empresa acreditando al extranjero, precisando la actividad a desarrollar, acompañada del certificado de constitución o representación legal o documento similar, según el país de origen. O,
  • Carta de la entidad de carácter público o privado, establecida en el territorio nacional que promueva la visita del extranjero y en la que manifieste que se hace responsable éste durante su permanencia en el país, acompañada de la certificación de su existencia y representación legal, según el caso. O,
  • Carta del representante legal de la persona jurídica extranjera que acredite al solicitante debidamente autenticada por Consulado de Colombia, indicando el cargo que ocupa dentro de la organización y la actividad que va a adesarrollar en Colombia, acompañada de la certificación de constitución o representación legal de la empresa o documento similar, según el país de origen. O,
  • Carta en el mismo sentido y con los mismos anexos, suscrita por el representante legal de la institución de carácter público o privado establecida en el territorio nacional que promueva la visita del extranjero al país y documento que demuestre ese vínculo económico entre las instituciones.
 
Derechos Consulares:

 

  • Valor visa de negocios USD 170 (pagado en pesos colombianos).

 

Notas:

 

  • Será otorgada al extranjero que acredite su condición de comerciante, industrial, ejecutivo y hombre de negocios que desea ingresar al país con fines de negocios o para realizar estudios de mercadeo.
  • La visa de negocios tiene una vigencia hasta de 3 años para múltiples entradas y autoriza una permanencia hasta por el término de 6 meses por cada ingreso. Dicha visa caducará si el extranjero excede el tiempo de permanencia autorizado.
  • Esta visa no permite fijar domicilio en Colombia, el extranjero no podrá recibir el pago de honorarios o salarios en el país. Adicionalmente no es posible expedir la visa en calidad de beneficiario.
 
Requisitos visa temporal cónyuge o compañero permanente de nacional colombiano:

 

Los siguientes requisitos son válidos para personas de cualquier nacionalidad, cónyuges o compañeros permanentes de nacionales colombianos.

 

  • Pasaporte con vigencia mínima de tres  meses o documento de viaje válido según el caso.
  • Fotocopia de páginas usadas del pasaporte.
  • Formulario diligenciado.
  • Formato de Compromiso del DAS, firmado por el titular de visa y autenticado ante notaria. 
  • Dos fotografías recientes 3 x 3 cm., de frente, a color, fondo blanco.
  • Registro civil de matrimonio colombiano, expedido con anticipación, no mayor a 90 días; o copia de la providencia judicial donde se acredite la existencia de la unión singular y permanente de hecho (según el caso).
  • Fotocopia autenticada de la cédula de ciudadanía del cónyuge o compañero (a) colombiano.
  • Nota escrita autenticada del nacional colombiano solicitando la expedición de visa al extranjero. 
 

En caso de que ya este contratado por una empresa al momento de solicitar la visa, debe anexar:

 

  • Contrato de Trabajo o documento pertinente.
  • Certificado de Proporcionalidad expedido por el Ministerio de Trabajo.
  • Certificado de Cámara de Comercio de la empresa contratante.
  • Documentos que acrediten su idoneidad.
 
Derechos consulares: 

 

  • Valor visa  de USD 160 (Pagados en pesos colombianos).

 

Requisitos visa temporal trabajador:

 

  • Pasaporte con vigencia mínima de tres meses o documento de viaje válido según el caso. 
  • Fotocopia de las páginas usadas del pasaporte.
  • Formulario diligenciado. 
  • Dos fotografías recientes 3 x 3, de frente, a color, fondo blanco. 
  • Resumen de Contrato, firmada por las partes y autenticada ante notaria.
  • Certificado Existencia y Representación Legal del contratante.
  • Certificado Proporcionalidad expedido por el Ministerio Protección Social.
  • Fotocopia autenticada del título profesional, homologado o validado ante el Ministerio de Educación Nacional, matrícula o tarjeta profesional para ejercer profesión (si esta regulada en Colombia).
  • Para los hijos menores de edad: Debe presentar carta de los padres solicitando la visa como beneficiarios, firmada y autenticada.   

 

Para los familiares del ciudadano extranjero deben anexar:

 

  • Carta de responsabilidad por parte del extranjero.
  • Formulario de solicitud.
  • Pasaporte vigente.
  • Dos fotografías 3 x 3 cm, a color, fondo blanco
  • Prueba de parentesco (registro civil de nacimiento o matrimonio), legalizado por Consulado colombiano o apostillado.
  • Certificado de estudios para menores.
  • Los documentos expedidos en el exterior deben estar legalizados.
  • Fotocopia de visa del titular. 
 
Derechos consulares: 

 

  • Valor visa USD 205 (Pagados en pesos colombianos).

 

Requisitos Visa Temporal estudiante:
 
  • Pasaporte con vigencia mínima de tres meses.
  • Fotocopia de las páginas usadas del pasaporte.
  • Formulario de solicitud.
  • Dos fotografías 3x3 cm, de frente, a color, fondo blanco.
  • Fotocopia del certificado de admisión o de matrícula expedido por el establecimiento educativo correspondiente o fotocopia auténticada del convenio celebrado entre la entidad patrocinante y el establecimiento educativo por el cual éste se compromete a aceptar al estudiante amparado por el convenio interinstitucional, cuando se trate de estudiante de intercambio.
  • Fotocopia de la Resolución de reconocimiento de personería jurídica del establecimiento educativo, expedido por la autoridad correspondiente.
  • Documento que demuestre la solvencia económica del titular o de sus padres o representante legal, o de la persona que garantice los gastos de su permanencia en el país.
  • Certificación o constancia del Organismo Internacional, institución estatal o entidad privada que otorga la beca, en el caso del estudiante becado. Igualmente el certificado de solvencia económica del titular o de los padres en el caso de que la subvención sea parcial.
  • Autorización de los padres para su permanencia en el país, cuando se trate de menores de edad y designación del responsable del menor durante su permanencia en el territorio nacional.
  • Documento por el cual se acredite que dentro del programa de estudios se requiere la práctica laboral o pasantía como requisito académico.
  • Certificación o documento del establecimiento educativo correspondeinte donde se indique que la intensidad horaria es mínimo de diez (10) horas semanales.      

 

Derechos Consulares:

 

  • Valor visa USD 40 (Pagados en pesos colombianos).

 

Nota:
  • Los documentos provenientes del exterior deben ser legalizados o apostillados, según el caso y traducidos al idioma Español.
  • Las renovaciones se pueden presentar en Bogotá antes de vencerse la visa, después de vencida se considera solicitud por primer vez.
  • Las renovaciones de visa o las visas de la familia pueden realizarse en Colombia, anexando poder firmado por el interesado (autenticado en notaria).

 

Para todas las visas:

 

  • El Ministerio de Relaciones Exteriores o los consulados son autónomos en solicitar documentos adicionales a la solicitud de la visa.
  • Luego de obtener la visa, si tiene una vigencia superior a 3 meses, es obligatorio registrarse ante el DAS (Calle 100 No. 11B - 29 ), dentro de los siguientes 15 días siguientes a la expedición en Bogotá o de haber ingresado al país.
 
Para la presentación en el DAS debe llevar:

 

  • Pasaporte y fotocopia del mismo.
  • Certificar el grupo sanguíneo y RH (si es por primera vez es posible adjuntar fotocopia de la licencia de conducción, que incluya dicha información).
  • Tres fotografías de 3 x 4 a color, fondo blanco y de frente.
  • Valor cédula $ 139.800.

 

Certificado de Proporcionalidad: 

 

La solicitud del Certificado de Proporcionalidad debe ser presentada por el REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA ante la Dirección General de Promoción del Trabajo, la cual debe contener:

  • Nombre, cargo, profesión, sexo y nacionalidad del extranjero a quien se le va solicitar el Certificado de Proporcionalidad y justificación del cargo a desempeñar.
  • Anexar el Certificado de Existencia y representación legal de la empresa o consorcio expedido por la entidad o autoridad competente. Cuando la solicitud se formule por personas, deberá acompañarse copia del respectivo documento de identidad o Nit, y de los documentos que acrediten su solvencia económica, para efectos de garantizar el pago de salarios, prestaciones socilaes y el regreso del extranjero a su país de origen o de última residencia.
  • Adjuntar el listado del personal que labora en la Empresa a la fecha de la solicitud, indicando nombre, cargo, sueldo y nacionalidad de todos los trabajadores. En caso de personal extranjero adicionalmente, clase y vigencia de la visa. Dicho listado debe ser firmado por el Representante Legal o persona autorizada para tal fin. Además debe anexar un resumen de cargos.
  • En caso de personal vinculado anexar nombre de la Empresa Extranjera que cancela los salarios del trabajador, periodo de permanencia en el país, copia del respectivo contrato y carta de responsabilidad por parte de la empresa Colombiana en la cual se comprometa a sufragar los gastos al país de origen en caso de deportación, expulsión o cancelación del permiso del extranjero.
  • La solicitud será resuelta en un término no superior a diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de radicación de la misma con el lleno de los requisitos exigidos.
 
Toda la documentación anterior se debe radicar en la Carrera 13 No 32-76 primer piso y reclamar el certificado de proporcionalidad en el piso 16, con el respectivo radicado. Preferiblemente en el horario de 1:00 a 4:00 p.m.

 

Aviatur cobra un valor adicional por el trámite de la solicitud, que puede ser consultado en nuestras oficinas. El costo varia si compra el tiquete con otra agencia de viajes.

 

La información debe reconfirmarse permanentemente debido a que las embajadas y consulados se reservan el derecho de modificar sin previo aviso la documentación y requisitos establecidos.

 

* Valor sujeto a cambio sin previo aviso.

 

Actualizado y revisado Julio 13 de 2010